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1. Protección de Invenciones
2. Protección de Formas Estéticas
3. Protección de Marcas o Signos Distintivos
1. Protección de Invenciones
Como Agentes Oficiales de la Propiedad Industrial, estamos acreditados ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, y por ello, podemos asesorarles sobre la manera más adecuada de proteger su Invención, realizar estudios de patentabilidad, así como todo tipo de actuaciones para la solicitud de una Patente o Modelo de Utilidad, durante su tramitación, y la obtención del Título de Propiedad y su mantenimiento en vigor.
En concreto para la solicitud de una Patente o Modelo de Utilidad necesitamos:
REQUISITOS NECESARIOS PARA SOLICITAR UN REGISTRO EN ESPAÑA
- Descripción de la Invención, comprendiendo: Estado de la Técnica hasta ahora conocido, diferencias concretas que aporta la invención y ventajas que éstas diferencias aportan.
- Dibujos de una realización preferente.
- Datos del Titular (nombre, dirección, nacionalidad, C.I.F. o D.N.I.).
- Autorización firmada por el Titular, acompañada de una fotocopia del Pasaporte o D.N.I. de la persona firmante.
- Datos del Inventor, incluyendo también fotocopia del D.N.I.
- Documento de Cesión firmado por el Inventor y por el Titular.
¿Qué son las PATENTES?
Son registrables como Patentes las invenciones susceptibles de aplicación industrial que sean nuevas e impliquen una actividad inventiva.
Se considera que una invención tiene NOVEDAD cuando su contenido no haya sido solicitado anteriormente como Patente o Modelo de Utilidad en España, y NO HA SIDO DIVULGADO en España o en el Extranjero con anterioridad a su solicitud.
Se considera que una invención implica ACTIVIDAD INVENTIVA cuando su contenido no resulta EVIDENTE para una experto en la materia teniendo en cuenta la ya conocido con anterioridad a la solicitud de Patente (Estado de la Técnica anterior).
Se considera que una invención es de APLICACIÓN INDUSTRIAL cuando puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola.
No son registrables como Patentes:
- Las teorías científicas o los métodos matemáticos
- Las obras literarias o artísticas, o las creaciones estéticas
- Los métodos o reglas para el ejercicio de actividades intelectuales o económico-comerciales
- Los juegos o los programas de ordenador
- Las formas de presentar informaciones
El registro de una Patente otorga a su titular el derecho a la explotación de la invención en España durante un período máximo de VEINTE AÑOS, siempre que se realicen los pagos anuales de mantenimiento en vigor (ANUALIDADES).
¿Qué son los MODELOS DE UTILIDAD?
Son protegibles como Modelos de Utilidad las invenciones que consisten en DAR A UN OBJETO una configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna VENTAJA PRÁCTICA apreciable para su USO o FABRICACIÓN.
La actividad inventiva requerida para los Modelos de Utilidad es menor que para las Patentes, ya que solo se exige que no resulten de manera MUY EVIDENTE del Estado de la Técnica anterior.
Los Modelo de Utilidad tienen una duración máxima de DIEZ AÑOS, siempre que se realicen los pagos anuales de mantenimiento en vigor (ANUALIDADES).
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2. Protección de Formas Estéticas
Como Agentes Oficiales de la Propiedad Industrial, estamos acreditados ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, y por ello, podemos asesorarles sobre la manera más adecuada de proteger sus Diseños, así como realizar todo tipo de actuaciones para la solicitud de un Diseño Industrial, defenderlo durante su tramitación, obtener su Título de Propiedad y gestionar su mantenimiento en vigor.
En concreto para la solicitud de un Diseño Industrial necesitamos:
REQUISITOS NECESARIOS PARA SOLICITAR UN REGISTRO EN ESPAÑA
- Fotografías, Dibujos o incluso una Muestra física del Objeto a proteger.
- Datos del Titular (nombre, dirección, nacionalidad, C.I.F. o D.N.I.).
- Autorización firmada por el Titular, acompañada de una fotocopia del Pasaporte o D.N.I. de la persona firmante.
- Datos del Autor, incluyendo también fotocopia del D.N.I., si no hay renuncia a la mención del autor.
¿Qué son DISEÑOS INDUSTRIALES?
Existen numerosos objetos conocidos, cuya única novedad consiste en el diseño o forma estética que presenta.
Pensemos, por ejemplo, en las distintas formas que puede adoptar una mesa, una silla, un cenicero, una llave o una manilla, o la ornamentación de un envase o de un tejido.
La manera de proteger en España estas formas estéticas novedosas BIDIMENSIONALES o TRIDIMENSIONALES es a través del DISEÑO INDUSTRIAL, modalidad registral que permite la inscripción de hasta CINCUENTA VARIANTES de un mismo objeto por CINCO AÑOS, renovables por periodos sucesivos de cinco años, HASTA UN MÁXIMO de 25 AÑOS.
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3. Marcas o Signos Distintivos
Como Agentes Oficiales de la Propiedad Industrial, estamos acreditados ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, y por ello, podemos asesorarles sobre la manera más adecuada de proteger sus Distintivo o su Imagen Corporativa, así como realizar todo tipo de actuaciones para la solicitud de una Marca o de un Nombre Comercial, defenderlo durante su tramitación, obtener su Título de Propiedad y gestionar su mantenimiento en vigor.
En concreto para la solicitud de una Marca o un Nombre Comercial necesitamos:
REQUISITOS NECESARIOS PARA SOLICITAR UN REGISTRO EN ESPAÑA
- Denominación (o Muestra del Logotipo en soporte informático si contiene grafismos)
- Productos / Servicios para los que la Marca va a ser usada (epígrafe de la Clasificación Internacional).
- Datos del Titular (nombre, dirección, nacionalidad, C.I.F. o D.N.I.).
- Autorización firmada por el Titular, acompañada de una fotocopia del Pasaporte o D.N.I. de la persona firmante.
INVESTIGACIÓN PREVIA A UNA SOLICITUD DE MARCA
La Oficina Española de Patentes y Marcas ha archivado informáticamente las Marcas vigentes que existen y esto hace posible y conveniente realizar la petición de una investigación de identidades y parecidos como paso previo a una pretendida Solicitud de Marca.
Una investigación de este tipo puede efectuarse rápidamente y nos evita solicitar una Marca y comprobar dentro de varios meses que no puede ser obtenida por existir otra igual o parecida anterior.
Aunque una investigación de Marcas no garantiza la total certeza de que no exista otra Marca anterior (existe un periodo próximo opaco); cuando sus resultados nos indican que si existe otra anterior, igual o muy parecida, nos proporciona una garantía de tiempo y dinero que justifica el que sea aconsejable.
¿Qué es una MARCA?
Marca es todo signo que sirve para distinguir un producto o un servicio, permitiendo individualizarlo al establecer un elemento diferenciador respecto de otros productos o servicios similares.
Todo signo o inscripción que se incorpore a un producto y que no sea su descripción tipificada por las Normas Técnicas del Sector a que pertenezca en cuanto a definición, material, variedad o procedencia, potencialmente puede ser una Marca y como tal debe ser analizada.
El derecho sobre una Marca sólo se alcanza con su Inscripción Registral; el simple uso de una Marca no otorga derecho alguno de exclusividad ni tan siquiera derecho para la continuación en el uso, frente a la Inscripción Registral de otra persona.
- CLASIFICACIÓN DE LAS MARCAS SEGÚN SE DESTINO O APLICACIÓN
El Nomenclátor Internacional de Marcas establece una Clasificación de 45 Clases diferentes comprendiendo todas las actividades humanas; al solicitarse cada Marca debe de vincularse con una o varias Clases, según los productos o servicios a los que pretenda destinarse.
Si los productos o servicios de una Empresa requieren ser protegidos en más de una Clase, no existe limitación en el número de Clases a solicitar; esta libertad de elección resulta determinante para actuaciones futuras, toda vez que sobre las Clases que rechacemos para inscribir nuestra Marca, no podremos fundamentar una impugnación lógica futura cuando la Marca sea pretendida por una tercera persona en esas Clases no elegidas por nosotros.
Conviene realizar un Estudio previo en el que además de clasificar nuestra Marca en cuando a su aplicación principal o directa, valoremos otras posibles Clases de aplicación afín o indirecta, con criterios tales como:
- Clases afines con relación de producto
- Clases afines por lugar de ventas
- Grado de difusión y prestigio de la Marca
- Presupuesto de publicidad empleado
La decisión final respecto de las Clases a proteger en cada caso nace de la conjunción entre el Estudio de lo deseable y el Presupuesto disponible.
La posible VIDA LEGAL de una Marca es ilimitada, pues se concede por periodos de 10 años (desde su presentación) con posibilidad de Renovaciones sucesivas, que si se hacen se mantiene en vigencia y se evita su Caducidad.
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